Leyes sin sentido o la presión de la SGAE

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Me han hecho llegar un mail con el contenido que reproduzco a continuación. Creo que vale la pena difundirlo. Ya he dicho antes lo que opino de la Sociedad General de Autores (SGAE). Aquí va una muestra de parte de sus victorias.


SEÑORES LETRADOS, ¿ME PUEDEN ACLARAR ESTOS DATOS?

1. SUPUESTO

a) PEPE se descarga una canción de Internet.

b) PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

ACLARACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).


2. SUPUESTO

a) CARMENse descarga una canción de Internet.

b) CARMENva a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.

ACLARACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).


3. SUPUESTO

a) JOAQUÍN, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.

b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.

ACLARACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.


4. SUPUESTO

a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.

b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.

ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.


5. SUPUESTO

a) JUANcopia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.

b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.

ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.


6. SUPUESTO

a) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.

b) MÓNICA Y CRISTINAvan a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.


7. SUPUESTO

a) NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.

b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal.


8. SUPUESTO

a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.

b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película ' La Jungla 4.0'.

ACLARACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.


Así que, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis el emule!


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5 comentarios:

imaginari dijo...

Sí que ens volen culpabilitzar de tot el que fem, oi?
Doncs no vaig gravar música amb cassetes en els meus anys adolescents! i directament de la ràdio, quan no era d'una altre cinta o discos de vinil. I llavors ningú posava el crit al cel.
Les biblioteques també m'ofereixen aquesta possibilitat. Però hi ha una gran diferència entre emportar-te d'amagat un disc o copiar-te'l al teu ordinador.
Ara més que mai les actuacions en directe tenen més valor.
En tot cas no et faré cas, Susana, seguiré baixant-me tot el material que Internet em permeti :)

PÁJARO DE CHINA dijo...

Absurdos de la ley, hecha a medida de quienes pueden procurársela. Muchas veces pienso que de todas formas vamos a un mundo virtual de copyleft, donde la ley será impotente para evitar el libre flujo y bajada gratuita de cualquier tipo de obra de la web y los derechos de los autores quedarán en manos de los fetichistas que quieran y puedan comprarse el libro para tocarlo y olerlo o el cd' con su cajita, o la peli original con su estuche, como si fueran talismanes. La obra deberá tener un poder irresistible de seducción "material" para ser adquirida por un precio. Como el caso de esos libros que ahora podés leer en la web y se imprimen solo a tu pedido, si deseás el ejemplar en tu mano. Menudo tema, la abolición virtual del derecho de autor y la democratización (de algún modo) del conocimiento vía-web. Besos pensativos.

Stalker dijo...

Brillante entrada, Susana.

Si tuviera energías escribiría el violento alegato anti-SGAE que me pide el cuerpo, pero las fuerzas menguan y tampoco sabría bien por dónde empezar...

lo que más duele es el intento de criminalizar lo que es tan sólo compartir cultura, y especialmente la hipocresía de una industria que en gran medida se alimenta de las subvenciones recaudadas por los impuestos que todos pagamos. Les pagamos a través de esas subvenciones en el IRPF, luego pagamos el canon digital, y quieren más, nos niegan que hagamos una copia para pasarla a un amigo, que seguramente no podrá comprarla.

Las maniobras de la SGAE son intolerables y de una mezquindad sin par. Por suerte no creo que se avance mucho en la regulación contra la "piratería" y las páginas P2P: el gobierno sabe que si entra a saco en ese campo, perderá las elecciones.

Rabia...

(pero abrazos para ti, eh?)

Kanela dijo...

Todo lo de esta entrada es brutal. Gracias por difundir hasta que punto se castiga lo que interesa. Una vez mas estoy de acuerdo conntigo.

Ramon Morros dijo...

Hmmm, creo que por ahora la SGAE aun no lo ha conseguido del todo. En España, las descargas, si no media ánimo de lucro, no son ilegales. Hay un montón de sentencias al respecto.
Las SGAE y productoras de todo tipo se equivocan profundamente: tendrían que poner toda la música y cine en la red a precios asequibles. Así se conseguiría mantener la producción cultural y que todo el mundo tenga acceso a ella.